Quienes prestaron el servicio electoral como miembros de mesa para las elecciones presidenciales del 28 de julio de 2024 comenzaron a recibir desde el fin de semana mensajes de texto del Consejo Nacional Electoral (CNE), que le informaban sobre su selección para desempeñar la misma función para las elecciones regionales y a la Asamblea Nacional (AN) del próximo 25 de mayo.
La notificación se produce en medio de la ausencia de un cronograma electoral publicado por los canales regulares (página web del CNE, Gaceta Electoral), así como la falta de información sobre el proceso. También en medio del temor de algunos sobre acudir al llamado debido a la persecución política desatada tras las denuncias de fraude electoral por parte de la oposición en las presidenciales y la publicación de actas que dan como ganador a Edmundo Gonzalez Urrutia y no a Nicolás Maduro.
Antes del llamado, el CNE debio publicar en Gaceta Electoral, la lista de quienes fungirán como integrantes de los organismos electorales subalternos (miembros de mesa y de las juntas regionales, encargados de ejecutar la votación), pero dicha Gaceta tampoco apareció, al igual que la que debía contener la convocatoria a elecciones y el cronograma electoral.
Desde febrero se supo sobre la ratificación
El rector principal del CNE, Conrado Pérez, confirmó en el mes de febrero que ratificaron a los miembros de mesa del 28 de julio, pero al permanecer inactiva la página web del organismo, los electores no han podido verificar su centro de votación ni ratificar, si es el caso, que son miembros de mesa.
Quienes aparecían en el listado y por alguna razón no pudieran cumplir con el servicio electoral tenían 10 días, según cronograma extraoficial que manejan factores políticos (del 2 de abril al 11 de abril) para acudir al CNE y justificar su inasistencia, a fin de evitar las sanciones previstas en la normativa electoral. La sustanciación de las solicitudes de excepción debió hacerse entre el 11 de abril y el 16 de abril.
“El lapso (para las excepciones) de acuerdo con la ley es en dos tiempos, al hacer el sorteo y cuando se publica la lista de los llamados a cumplir con el servicio electoral. Seguimos careciendo del medio informativo que ayude a la organización, motivación, verificación e información del proceso como es la página web (del CNE”, admitió el diputado y experto electoral, Aníbal Sánchez.
Cuándo capacitarán a miembros de mesa
En declaraciones a Efecto Cocuyo subrayó que la capacitación de los miembros de mesa se hará entre el 25 de abril y el 24 de mayo, así como la acreditación de testigos de mesa de los partidos políticos participantes.
“Considerando 27.738 mesas de votación, serán al menos 83.214 miembros de mesa, los necesarios para la instalación y la constitución, adicional a los 27.738 testigos que debe poner cada alianza en los 15.748 centros electorales en todo el país”, agregó.
El ente comicial indicó en otro mensaje a los miembros de mesa seleccionados para el 25 de mayo, que para mayor información sobre el servicio electoral, pueden enviar un mensaje de texto con su número de cédula de identidad al 2637 o llamar al 0800 VOTEMOS (0800 868 36 67).
¿Quienes están exentos?
El artículo 113 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) establece que para estar exento de cumplir el servicio electoral que es obligatorio, se deben cumplir con las siguientes causales: ser mayor de 65 años de edad; tener alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes; ser candidato en el proceso electoral; ejercer un cargo de dirección nacional o regional en una organización con fines políticos o ser promotor o promotora de un grupo de electores y electoras.
Igualmente estarían justificados quienes prestan servicio de emergencia en razón de su profesión u oficio y aquellos trabajadores y funcionarios que en razón de la naturaleza de sus labores se ven impedidos de asistir a desempeñar sus funciones el día de las votaciones.
“Estoy pensando en acudir o no porque es mucho ajetreo para nada, para que pase lo que ocurrió con las elecciones presidenciales (desconocimiento de la voluntad popular)”, dijo a Efecto Cocuyo una miembro de mesa del 28 de julio de Maracay, estado Aragua.
Otra del estado Anzoátegui, consultada anteriormente, expresó su negativa a acudir al llamado para no exponerse a retaliaciones políticas.
¿Cuáles son las funciones de los miembros de mesa?
De acuerdo con el reglamento general de la Lopre, las funciones de los miembros de mesa son: examinar sus credenciales; revisar las credenciales de los testigos electorales; asistir en los días y horas fijados por el CNE para celebrar los actos de instalación y constitución, votación y escrutinio de la mesa electoral; firmar las actas de instalación y recepción de material electoral, de constitución y votación, de inicialización en cero y de escrutinio.
Asimismo, explicar a los electores el procedimiento de votación, permitir la presencia de los testigos electorales en los actos de instalación, constitución, votación y escrutinio; entregar al Plan República el material electoral para su traslado, resguardo y custodia; distribuir en los correspondientes sobres: las actas electorales, el cuaderno de votación, la memoria removible y demás instrumentos electorales y velar por el mantenimiento del orden público.
Si no acude el miembro de mesa sorteado como principal se designa al suplente y si a su vez este tampoco acude el día de la elección, se designa entre los suplentes de otras mesas electorales y si tampoco están, se escogen entre los primeros electores en cola que por lo general son militantes del Psuv, según lo reportado por observadores nacionales en procesos anteriores.
El artículo 230 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) establece que serán sancionados «con multas del equivalente de quince Unidades Tributarias (15 U.T.) a cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) o arresto proporcional, a razón de un día de arresto por Unidad Tributaria que será determinado por la autoridad competente: 1. Quienes se nieguen a desempeñar el cargo para el cual han sido designados o designadas, salvo las excepciones del Servicio Electoral Obligatorio previstas en la ley».
Expertos electorales como Celiz Mendoza, exconsultor jurídico del CNE, han señalado que no es tradición sancionar a quienes no presten el servicio electoral por lo que el organismo (y el Psuv) siempre toman las “previsiones” para garantizar el servicio electoral el día de los comicios.