A través de un comunicado, el superintendente nacional aduanero y tributario, Román Maniglia, informó que el despacho a su cargo decidió que, de manera temporal, los funcionarios del Seniat deberán abstenerse de solicitar a los contribuyentes la exhibición "en un lugar visible del establecimiento" de la copia del comprobante de inscripción del RIF, la declaración de rentas del año inmediatamente anterior y cualquier otro documento.
El funcionario publicó el comunicado en su cuenta X, donde precisó que la medida entra en vigencia para dar cumplimiento a la Ley Orgánica para la Celeridad y Organización de Trámites Administrativos. En consecuencia los funcionarios del Seniat no podrán sancionar los establecimientos que no tengan esta documentación exhibida.
En el documento se indica que posteriormente se darán a conocer las formas, directrices y mecanismos telemáticos para la verificación de la información requerida.









