Nunca antes el oficialismo se había atrevido a violar tan flagrantemente el principio de presunción de inocencia. A esta conclusión llegó la ONG Acceso a la Justicia luego de analizar la Ley Simón Bolívar, aprobada a finales de noviembre.
La normativa, cuyo nombre completo es Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar Contra el Bloqueo Imperialista y en Defensa de la República Bolivariana de Venezuela, busca castigar a quienes apoyen las sanciones que imponen gobiernos o entidades multilaterales a personas u organizaciones en Venezuela, según voceros del oficialismo.
Fue elaborada en respuesta a un proyecto de ley en Estados Unidos que prohibiría al Gobierno de ese país contratar a personas que tengan lazos comerciales con el Ejecutivo de Nicolás Maduro.
Sin embargo, también sanciona el desconocimiento de los Poderes Públicos, sus actos o sus autoridades, así como el reconocimiento de sujetos, grupos u organizaciones ilegítimas que actúen simulando ejercer competencias del Estado.
Asimismo, prohíbe la promoción, solicitud o respaldo de acciones armadas o de fuerza que afecten la soberanía e integridad territorial de Venezuela, sus instituciones o autoridades, así como ataques cibernéticos por parte de Estados, poderes, corporaciones o personas extranjeras.
La “muerte civil” con simples sospechas
La ONG Acceso a la Justicia explicó en un comunicado que basta con que una persona sea incluida en la lista de sospechosos establecida en la Ley Simón Bolívar para quedar sujeta a sanciones que pueden acarrear el despojo de sus derechos civiles o “muerte civil” y, por si fuera poco, de sus bienes.
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La normativa contempla la creación de un registro de carácter nacional en el cual serán incluidos quienes, según las autoridades, estén incursos en alguna de las acciones contrarias a los valores y derechos irrenunciables del Estado.
“Se trata de una lista de sospechosos que viola abiertamente el principio de presunción de inocencia consagrado en los tratados, pactos y convenios internacionales, así como en la Constitución”, indicó la ONG.
La mayor gravedad de la creación de una lista de sospechosos es que la sola inclusión en dicho registro acarrea sanciones de aplicación unilateral, inmediata y sin derecho a la defensa, que, en la práctica, anulan a la persona afectada
Acceso a la Justicia
La ONG detalló que tal amenaza se extiende a las organizaciones dedicadas a la promoción y defensa de los derechos humanos o a acciones humanitarias, que cumplen un rol vital en el contexto de la emergencia humanitaria compleja en Venezuela.
Añadió que la ley establece medidas preventivas indeterminadas que acarrean sanciones administrativas, que, en la práctica, pueden degenerar en la muerte civil de las personas naturales, en la medida en que quedan privadas de todo, y en el caso de las personas jurídicas, la inhabilitación patrimonial que obliga al cese de sus actividades.
Múltiples penas
La Ley Simón Bolívar implica penas de prisión entre 25 y 30 años y multas que alcanzan hasta un millón de veces el tipo de cambio más alto entre los publicados por el Banco Central de Venezuela (BCV), en caso de incurrir en la promoción, invocación, respaldo o participación en sanciones internacionales.
Además, la normativa incluye sanciones como la inelegibilidad para cargos de elección popular, inhabilitación política e inhabilitación para ejercer cargos públicos, esta última puede extenderse hasta 60 años, lo que en realidad equivale a una inhabilitación de por vida, de acuerdo a la ONG.
Argumenta que la Organización Mundial de la Salud determinó en 2021 que la esperanza de vida en Venezuela era de 72 años. Tomando en cuenta que para ser funcionario la edad mínima es de 18 años, una persona inhabilitada solo podría regresar al servicio público luego de cumplir al menos 78 años, lo que excede el límite de esperanza de vida.
Cualquier sanción que supere el límite de esperanza de vida en un país es, en la práctica, una sanción de por vida o perpetua, lo cual está prohibido en el artículo 44 de la Constitución
Acceso a la Justicia
Cheque en blanco
Acceso a la Justicia cuestionó también la retórica imprecisa y peligrosa de la Ley Simón Bolívar, lo que podría considerarse como un cheque en blanco a la entera discrecionalidad de los funcionarios encargados de la interpretación y aplicación de la norma.
“La vaguedad en la definición de las acciones establecidas en la ley como hechos punibles viola el principio de tipicidad legal de las conductas consideradas como delitos y faltas, establecido en el artículo 49 de la Constitución: el hecho o conducta sancionado debe estar claramente determinado para evitar interpretaciones arbitrarias”.
También está en contra de las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Constitución, el Código Orgánico Procesal Penal y la jurisprudencia establecida y reiterada por el TSJ,
La nueva normativa incluye el juicio en ausencia, lo cual viola las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Constitución, el Código Orgánico Procesal Penal y la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), según el comunicado. “El mensaje político se podría resumir en una amenaza que no cesa con la clandestinidad o el exilio”.
La organización explica que la normativa permite condenar civilmente a una persona por los daños que haya podido causar, aunque no haya una condena penal previa.
De esta manera, sería posible -indicó- que una persona condenada a 30 años, además deba pagar una multa de hasta un millón de euros, sea inhabilitada políticamente por 60 años y, por si fuera poco, pierda sus bienes por una condena civil.
La censura
La Ley Simón Bolívar también apunta a los medios de comunicación. La difusión de publicidad, propaganda o mensajes considerados promoción de sanciones internacionales serán sancionados con multas de cien mil a un millón de veces el tipo de cambio más alto entre los publicados por el BCV.
Además, en los casos en que el medio de comunicación social opere mediante una concesión estatal, esta será revocada. En el caso de medios digitales, está prevista la revocatoria o negación de permisos para operar en el país.
Acceso a la Justicia considera que este contexto causará una mayor autocensura en los medios de comunicación social y también de los ciudadanos que se expresan mediante redes sociales personales.
“Se trata de la oficialización de la censura en materia de sanciones internacionales, a pesar de que es un asunto de innegable interés público” .