Maduro firmó el decreto de conmoción externa ante amenazas de EE.UU.

Será juzgada toda persona que "promueva y apoye, que facilite, que haga apología de una agresión militar", advirtió la vicepresidenta ejecutiva, Delcy Rodríguez
Conmoción externa
Delcy Rodríguez, vicepresidenta. Foto cortesía VTV

Nicolás Maduro firmó un decreto de conmoción externa, que le da poderes especiales para actuar en materia de defensa y seguridadde la nación. También le permite suspender algunas garantías, con excepción del derecho a la vida, la prohibición de tortura, el debido proceso y el acceso a la información.

Delcy Rodrìguez aseguró que el decreto firmado por Maduro está sustentado en la Constitución Nacional (artículo 236) y en la Carta de las Naciones Unidas. Hizo énfasis en el articulado de este organismo, por cuando especifica las acciones que sus miembros no podrán tomar. "El artículo 2 numeral 4 de la carta de la ONU obliga a sus miembros, en sus relaciones internacionales, a abstenerse de recurrir a la amenaza. Tampoco al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier estado o cualquier otra forma incompatible con los propósitos de la ONU".

Según la vicepresidenta, lo que hoy hace el gobierno de EE.UU. "o el señor de la guerra Marco Rubio" contra Venezuela es una amenaza que la probhibe la carta de la ONU. "Pero, si se atreviesen a agredirnos, allí está el decreto de conmoción externa".

En un encuentro con el cuerpo diplomático acreditado en el país, Rodríguez explicó que la medida busca reforzar la defensa nacional ante posibles acciones externas que comprometan la estabilidad de la nación. "Hay una Venezuela compacta en la defensa de nuestro país, preparada para la defensa de Venezuela", opinó Rodríguez. "Jamás entregaremos la patria".

¿Cuándo procede declarar un estado de conmoción?

Un estado de conmoción forma parte de los llamados estados de excepción, previstos en los artículos 337, 338 y 339 de la Constitución venezolana. En Consejo de Ministros, el presidente de la república, queda habilitado para tomar medidas extraordinarias frente a un conflicto interno o externo que ponga en riesgo la seguridad nacional.

El recurso puede utilizarse en situaciones que comprometan de forma grave la estabilidad del país, la vida de los ciudadanos o el funcionamiento de sus instituciones. Ejemplos de escenarios que podrían justificar la conmoción interior incluyen insurrecciones armadas, disturbios masivos o amenazas serias al orden público que superen las capacidades normales del Estado.

En el caso de la conmoción exterior, se aplica cuando factores provenientes de fuera de las fronteras generan un riesgo directo para la seguridad nacional. Esto puede abarcar tensiones militares, conflictos regionales o incluso amenazas de intervención extranjera.

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Ambas variantes tienen una duración máxima de 90 días, prorrogables por otros 90, lo que las convierte en medidas temporales.

Alcances legales de la conmoción

El artículo 337 de la Carta Magna señala que, en un estado de excepción como el de conmoción, pueden restringirse de manera temporal varias garantías constitucionales. Pero exceptúa de cualquier circunstancia, limitantes al derecho a la vida, la prohibición de tortura, el debido proceso y el acceso a la información.

El artículo 338 distingue entre diferentes tipos de estados de excepción: alarma, emergencia económica y conmoción. Todos comparten el principio de proporcionalidad y temporalidad, lo que significa que la limitación de derechos debe ser estrictamente necesaria y durar lo menos posible.

Según algunos analistas, estas declaratoria de estado de conmoción externo podría servir para restringir libertades civiles o, si esto fuera posible, aumentar la censura en medios.

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Delcy Rodríguez, vicepresidenta. Foto cortesía VTV