Para este 28 de julio se espera una masiva participación de venezolanos en la elección presidencial 2024. Los diversos partidos políticos y agrupaciones civiles han enfatizado en un factor que será clave en este proceso: la verificación ciudadana, que no es más que el ojo avizor de los mismos votantes para garantizar la transparencia del proceso.

Según el Observatorio Electoral Venezolano (OEV), la forma más efectiva que un elector tiene para vencer la desconfianza que pudiese rodear un proceso electoral se centra en la auditoría ciudadana.

La Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) distingue dos fases del proceso de auditoría (artículo 159): la electoral, ejecutada por los especialistas de los partidos políticos junto a los técnicos del Consejo Nacional Electoral (CNE), y la verificación ciudadana, en la que puede participar cualquier votante venezolano (artículo 140).

La verificación ciudadana del cierre de la votación, se efectuará mediante la revisión de los comprobantes de votación con relación a los datos contenidos exclusivamente en el acta del acto de votación elaborada por los miembros de mesa.El acto de escrutinio se efectuará una vez que finalice el acto de votación. El Presidente o la Presidenta de la Mesa Electoral anunciará en voz alta el inicio del acto. Reglamento para la verificación Artículo. 163. Los aspectos o elementos que se desarrollarán en la verificación ciudadana, así como las etapas que serán objeto de la misma, serán establecidos por el Consejo Nacional Electoral mediante Reglamento, para cada proceso electoral.
Artículo 162 de la Ley de Procesos Electorales

Cómo se hace

La auditoría ciudadana, con la que se busca verificar si los comprobantes de votos en las cajas de resguardo coinciden con los almacenados por la máquina de votación y usados luego en la totalización, se divide en tres momentos:

  1. Al momento de ejercer su derecho al sufragio, cada elector comprueba que su opción seleccionada en la pantalla electrónica coincide con los datos que aparecen en su Comprobante de votación, el cual debe depositar en la caja de resguardo.
  2. Una vez finalizado el acto electoral y cerrada cada mesa de votación (después de las 6:00 de la tarde), el presidente de la mesa anuncia el inicio del acto público en el que los ciudadanos podrán presenciar la impresión del Acta de Escrutinio y hace la lectura que emite la máquina con el número de votos por partido. Este procedimiento no puede ser ejecutado antes de la hora oficial de cierre, pues la máquina solo imprime el acta después de este momento – sin mediación del operador del CNE– y cuando está desconectada a cualquier canal o medio de comunicación.

De inmediato, el técnico del CNE conecta la máquina a un módem para hacer la transmisión de resultados; solo entonces, inicia el proceso de verificación de aproximadamente el 54% de todas las mesas en el país. El criterio del CNE para determinar cuántas mesas electorales deben auditarse en cada centro se basa en la siguiente relación: si hay una única mesa electoral en el centro de votación, se audita esa; si hay dos, se audita una (1); si hay tres, se audita una (1); si hay cuatro, se auditan dos (2); si hay cinco, se auditan dos (2); si hay seis, se auditan tres (3); si hay siete, se auditan tres (3); si hay ocho, se auditan cuatro (4); y si hay más de diez, se auditan cinco (5). El sorteo de las máquinas electorales que serán auditadas se hace en cada centro, con papeles numerados, al azar y en presencia de los miembros de todas las mesas del centro.

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Para este proceso, el presidente de alguna de las mesas elabora tantos boletos numerados como mesas de votación existan y los coloca en un sobre para seleccionar la muestra al azar. Una vez seleccionado el sobre, se toman la caja de resguardo de los comprobantes de voto, el cuaderno de votación que correspondan a la mesa aleatoriamente escogida y se comparan con el acta de escrutinio ya impresa.

Los miembros de mesa que participan en la auditoría cuentan el número total de electores registrados en el cuaderno –los que asistieron a votar– y anotan la cantidad en la constancia de auditoría. Proceden a abrir la caja de resguardo de los comprobantes de voto, cuentan el número total de comprobantes depositados en ella y lo anotan en la constancia de auditoría. Se lee, en voz alta, la selección impresa en cada uno de los comprobantes de voto, mostrando cada uno de estos a los testigos, observadores, ciudadanos y efectivos militares del Plan República.

Se contabiliza el número total de votos para cada candidato y organización política, y se anota en la constancia de auditoría. Ésta es firmada por los miembros y testigos, una vez concluida la verificación y registrados los totales. Se entrega la constancia de auditoría original y una copia en sobre sellado al operador de la máquina de votación, quien lo introduce en la caja de resguardo de la máquina auditada. Se coloca la etiqueta, se precinta la caja de resguardo de la máquina de votación y se firman los precintos y las etiquetas. Las cajas de resguardo de la máquina de votación y la caja de resguardo de comprobantes de voto se entregan a los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana del Plan República.

  1. Una vez el Poder Electoral publique los resultados totalizados, los cuales deben estar desagregados por mesa de votación (acta por acta), los ciudadanos y los distintos actores políticos podrán certificar que el número de votos transmitido por candidato corresponde con los resultados impresos en el acta de escrutinio.

Hasta ahora, en todas las verificaciones ciudadanas realizadas desde que fue implementado el Sistema de Voto Electrónico (SVE) nunca se han encontrado diferencias significativas –más que 1 ó 2 votos menos en pocas cajas de resguardo– entre las papeletas impresas (conteo manual) y el acta de votación (resultado automatizado). Los votos faltantes,  según se ha evidenciado a través de los reportes en las actas de las mesas, han sido destruidos por los votantes que se equivocan en su selección o por votantes que se los llevan sin que nadie se dé cuenta.

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