La propuesta de reforma de la Ley contra el odio, avalada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), eliminará las penas de prisión de 10 y 20 años a quienes responsabilicen de delitos de este tipo.
Sin embargo, el proyecto de ley elaborado por el chavismo ahora plantea multas que impondrá el Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz a quienes promuevan discursos de odio; es decir, el ministerio que encabeza Diosdado Cabello, a quien señalan constantemente de este tipo de hechos en su programa semanal de los miércoles.
El pasado 28 de septiembre, la encargada del poder en Venezuela, Delcy Rodríguez, pidió a la Asamblea Nacional discutir una reforma del instrumento legal denominado «Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia», aprobada cuando ella fue presidenta de la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente en noviembre de 2017.
Aunque desde organizaciones defensoras de derechos humanos y la Plataforma Unitaria Democrática se pidió su derogación, el chavismo optó por la reforma del instrumento.
La ley quitará la palabra odio y se llamaría « Ley para la Convivencia Democrática, la Paz y la Convivencia«. De penas de cárcel con las que condenaron al menos a cuatro mujeres en Monagas, Mérida y Táchira, ahora habría multas equivalentes entre 500 y 10.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor fijado por el Banco Central de Venezuela (BCV).
Serán aplicadas a personas que promuevan «discursos de odio, incitación a la guerra, hostigamiento y mensajes con contenido discriminatorio o violento». El Ministerio de Interiores será el encargado de imponerlas y velar por su cumplimiento; que irá desde la apertura de un proceso formal con un expendiente hasta el plazo de la persona para pagarla, que será de 30 días.
Además, ofrece una alternativa a las multas; se trata de trabajo comunitario que irá de 200 a 600 horas de servicio por discursos de odio u otras formas que considera el proyecto de reforma.
El texto especifica qué es un mensaje de odio: “toda forma de expresión, comunicación, difusión o manifestación pública, realizada por cualquier medio oral, escrito, audiovisual, digital o red electrónica, que promueva o fomente de manera directa y clara la violencia, la discriminación o la persecución violenta contra una persona o un grupo de personas, fundada en motivos de raza, etnia, religión, origen nacional, género, orientación sexual, identidad de género, condición social, discapacidad o filiación política. No se considerarán discurso de odio las distintas opiniones de naturaleza políticas, el ejercicio del derecho a la libertad de expresión ni la labor periodística que no contengan una incitación directa e inequívoca a la realización de actos violentos o delictivos".
Una reforma que deja abierta la vía penal
La ONG Espacio Público dijo que hasta diciembre de 2025 en sus registros 113 casos en los que «se criminalizó directamente una expresión legítima». Después de las elecciones presidenciales de julio de 2024, tras el fraude electoral del chavismo, documentaron 73 detenciones de personas por ejercer derechos como la libertad de expresión e información.
«Entre el 28 de julio de 2024 y julio de 2025 documentamos 73 detenciones por ejercer la libertad de expresión e información; en 33 de ellas se imputaron supuestos delitos de instigación al odio. Durante la represión postelectoral de 2024, este presunto delito se aplicó de forma masiva y genérica, incluso sin ninguna expresión legítima como supuesta causa o hecho delictivo».
Criticaron que pese a la eliminación de las penas de cárcel, el proyecto contenga «graves restricciones a la libertad de expresión y al debido proceso».
En un análisis especifican que estas restricciones son:
- Traslada el castigo al Poder Ejecutivo, lo que amplía la arbitrariedad y discrecionalidad de las sanciones.
- Mantiene definiciones imprecisas y omite criterios de evaluación para la aplicación de conceptos.
- Conserva la censura en plataformas y medios.
- Deja abierta la vía penal.
- No repara a las víctimas.
Sobre las definiciones imprecisas señalaron al “hostigamiento" que la ley define como el “temor, angustia o zozobra" que cause una conducta; el “mensaje discriminatorio" incluye la opinión política, y la “convivencia democrática" protege el funcionamiento de las instituciones.
«Los artículos que prohíben el odio ‘político, social, ideológico’ y la ‘intolerancia’ en medios y redes sociales no cambiaron y no remiten a las nuevas definiciones. No remite ni incluye el Plan de Acción de Rabat como criterio de evaluación para determinar la diferencia entre expresiones legítimas, discursos de odio y expresiones sujetas a sanciones», explicó Espacio Público.
Además, las redes sociales deberán retirar contenidos de odio sin una orden judicial. «El Estado puede seguir ordenando la difusión de mensajes, y el deber de difundir contenidos se extiende a todo prestador de servicios de comunicación e información», destacó la organización no gubernamental.
La ley deja abierta la posibilidad de ir a la juridiscción penal en su artículo 26 en el que permite acudir a esta vía, más allá de las sanciones administrativas que impondrá el Ministerio de Interior y Justicia.
«No ordena el sobreseimiento de las causas abiertas, la libertad de las personas detenidas, la eliminación de antecedentes, el levantamiento de los bloqueos ni la restitución de las concesiones revocadas», añadió. La organización resaltó que Delcy Rodríguez, el 29 de septiembre pasado, reconoció que ‘se hizo un uso abusivo de esa ley’, pero el proyecto no extrae ninguna consecuencia de ese reconocimiento».
También obliga a los medios de comunicación a difundir mensajes contra el odio que decida el Ejecutivo hasta por un lapso de 30 minutos semanales; no hacerlo implica multas administrativas.
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Espacio Público pide derogar la ley
El proyecto lo aprobó una comisión de 11 parlamentarios, 10 de ellos del chavismo, que lo entregó a la Asamblea Nacional en su sesión anterior y esta a su vez remitió al TSJ. Aún no se ha discutido en la plenaria donde se da la primera discusión, se aprueba y después se va a las consultas para su segunda discusión.
Aunque el chavismo prometió una discusión amplia con diversos sectores de la sociedad, los cambios apenas se conocieron en los últimos días y conservan la mayoría de la Cámara.
Una de las exigencias de Espacio Público es que «la Asamblea Nacional derogue la ley y adopte un régimen transitorio que ordene el sobreseimiento de todas las causas, la libertad plena de las personas procesadas, la extinción de las penas y los antecedentes, el levantamiento de los bloqueos, la revisión de las concesiones revocadas y la reparación integral de las víctimas».
Consulte aquí la reforma que plantea el chavismo a la Ley contra el odio



