Caracas.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de los presos políticos Wilder Anderson Vásquez Velásquez, Maurimal Carolina Solórzano Armas, Freddy Manuel Alvarado Castillo, Pedro Rolando Maldonado Marín y Felipe Santiago Contreras Caldera, al considerar que enfrentan una situación de gravedad y urgencia en Venezuela.
La decisión quedó establecida en la Resolución 67/2026, adoptada el 26 de agosto de 2026. La CIDH determinó que las circunstancias denunciadas representan un riesgo de daño irreparable para sus derechos a la vida, la integridad personal y la salud.
Las solicitudes presentadas ante la Comisión señalaron que las cinco personas permanecen detenidas en condiciones inadecuadas, además de enfrentar restricciones para comunicarse con sus familiares y abogados.
Los solicitantes también denunciaron que los detenidos tienen dificultades para recibir atención médica oportuna, tanto por problemas de salud física como psicológica. Las gestiones realizadas dentro de Venezuela no habrían permitido solucionar estas situaciones.
La CIDH indicó que el Estado venezolano no presentó información ante el organismo para explicar las medidas que estaría tomando frente a las denuncias.
Tras evaluar los argumentos presentados, la Comisión concluyó que la condición de privación de libertad, las restricciones de comunicación, la falta de atención médica, las condiciones de reclusión y la presunta situación de indefensión mantienen vigente un riesgo que podría concretarse en cualquier momento.
Estas son las medidas que la CIDH pide a Venezuela
Con fundamento en el artículo 25 de su Reglamento, la CIDH solicitó al Estado venezolano adoptar medidas concretas para proteger a los cinco beneficiarios.
Entre las principales exigencias figuran:
- Proteger la vida, integridad personal y salud de las personas beneficiarias.
- Garantizar condiciones de detención compatibles con los estándares internacionales de derechos humanos.
- Realizar de inmediato una evaluación médica y proporcionar tratamiento oportuno y especializado.
- Informar a familiares y representantes sobre los resultados de las evaluaciones médicas.
La CIDH no determina responsabilidad sobre una eventual violación
La Comisión aclaró que la adopción de estas medidas cautelares no implica un pronunciamiento anticipado sobre la responsabilidad del Estado venezolano.
En ese sentido, la CIDH precisó que la decisión no prejuzga una eventual petición que pueda llegar al Sistema Interamericano de Derechos Humanos por una posible violación de los derechos protegidos por los instrumentos internacionales aplicables.



