El pasado 15 de diciembre, el equipo de El Pitazo en la calle compartió con más de 500 lectores y la abogada Albania Oyarzun en el forochat «Ley de nietos en España: una nacionalidad al alcance de los venezolanos».
Durante el evento, Oyarzun habló sobre la nueva Ley de Memoria Democrática (Ley 20/2022) que entró en vigencia el pasado 20 de octubre en España e incluye nuevas directrices para solicitar la nacionalidad española por opción a través de padres y abuelos de origen español.

Oyarzun explicó que este nuevo reglamento tiene tres supuestos bajo los cuales puede solicitarse la nacionalidad española por opción, debido a distintos problemas acaecidos en el país entre 1936 y 1978 que pusieron en tela de juicio la legalidad de tribunales y registros civiles españoles. Los tres supuestos que pueden encontrarse en la nueva Ley 20/2022 para optar por la nacionalidad española son:
Ley de nietos: venezolana opta por la nacionalidad española como un salvavidas
- “Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española".
- “Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978".
- “Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre".
De estos tres, la abogada especialista en inmigración española detalló que el supuesto A puede subdividirse en dos subgrupos, pues se requieren cumplir con distintos requisitos para poder llevar a cabo la solicitud:
- Supuesto A.1 (vinculación con padres o abuelos españoles de origen): que solamente requiere demostrar el vínculo entre abuelo, hijo y nieto.
- Supuesto A.2 (padres o abuelos españoles que renunciaron o perdieron la nacionalidad): mucho más complejo de demostrar, según Oyarzun, pues no solo requiere mostrar el vínculo, también necesita que se valide el exilio y renuncia/pérdida de la nacionalidad española.
Durante su ponencia, la invitada listó los requisitos necesarios para hacer la solicitud de nacionalidad española según lo enmarcado en la Ley 20/2022, mismos que pueden encontrar en las imágenes a continuación:




Para finalizar, Oyarzun habló del procedimiento a seguir para realizar esta solicitud, resumiéndolo a través de los siguientes pasos:
- Tener claro bajo cuál de los supuestos se realizará la solicitud y completar los requisitos exigidos para el mismo, incluyendo siempre los apostillados que sean necesarios.
- Entregar la solicitud, junto a todos los originales vigentes, al servicio de extranjería español. Esto puede hacerse ante el Consulado de España en cualquier país o directamente en las oficinas en territorio español.
- Esperar a conocer si la solicitud ha sido aprobado o rechazada, aunque teniendo en cuenta que siempre puede solicitarse documentación adicional que deberá ser entregada en un máximo de 30 días.
- De resultar aprobada la solicitud, el interesado deberá pasar al proceso de jura en el que se compromete a respetar la Constitución española, al rey y al ordenamiento jurídico de ese país.
- Luego de la juramentación, el Estado español procederá a entregar la literal de nacimiento al solicitante.



