Caracas.- El anunciado acuerdo energético entre la Oficina de Capital Estratégico (OSC, por sus siglas en inglés) del Departamento de Defensa de Estados Unidos y la petrolera North American Blue Energy Partners (Nabep) presenta tres vulnerabilidades jurídicas concurrentes que comprometen su viabilidad en dos jurisdicciones de manera simultánea.
Así lo indica el reciente informe de la firma de consultoría Oikos Research, el cual señala que, en Washington, la dependencia del Pentágono actuó sin base estatutaria al asumir participación accionaria; mientras que en Caracas, el otorgamiento de una concesión por un siglo desborda el marco constitucional y legal vigente.
De acuerdo con el documento titulado Análisis del Acuerdo OSC-Nabep, del pasado 12 de octubre, la operación contempla la creación de una empresa conjunta (joint venture) en la que la OSC asumiría el 35 % de las acciones de Nabep, una compañía energética con sede en la jurisdicción offshore de Barbados y dirigida por el empresario venezolano Alejandro Betancourt.
La inversión estimada asciende a 100.000 millones de dólares aportados por operadoras privadas contratadas, mientras que el Departamento de Estado obtendría un derecho preferente de compra sobre más del 20 % de la producción petrolera a precio de costo. Sin embargo, Oikos Research advierte que la opacidad del proceso y la falta de contraloría sitúan la probabilidad de una impugnación política en niveles sumamente elevados.
Sin mandato estatutario en Washington
El primer gran obstáculo legal expuesto por Oikos Research se localiza en la propia legislación federal estadounidense. La ley marco que creó la Oficina de Capital Estratégico enumera de manera exclusiva como facultades del organismo el otorgamiento de préstamos, la concesión de garantías crediticias y la asistencia técnica, excluyendo explícitamente cualquier tipo de adquisición patrimonial o de capital accionario.
Para sustentar esta vulnerabilidad, el informe de Oikos cita al propio portavoz del Pentágono, Sean Parnell, quien confirmó públicamente que “la OSC no toma participaciones de capital en empresas privadas". Asimismo, el reporte recuerda que investigaciones del Congressional Research Service han documentado que el Congreso estadounidense ha rechazado en repetidas ocasiones las propuestas para ampliar las atribuciones de la OSC hacia el ámbito del capital accionario.
De igual forma, análisis del Yale Journal on Regulation concluyeron que el estatuto orgánico solo autoriza préstamos y garantías, añadiendo que el sector hidrocarburos ni siquiera figura entre las tecnologías cubiertas por el mandato de la oficina.
Oikos Research precisa que la estructura financiera, diseñada mediante la figura de penny warrants para evitar formalmente la palabra “acciones", representa un artificio que no subsana la carencia de autoridad legal de fondo. “La administración está apostando a que el silencio y la opacidad aguantan hasta que el acuerdo sea irreversible; es una apuesta, no una certeza legal", concluye el reporte.
Bloomberg: Alejandro Betancourt organizó acuerdos petroleros desde antes de la captura de Maduro
Choque legal en Caracas
La segunda incompatibilidad de fondo radica en la duración de la concesión anunciada por la Casa Blanca. Mientras las autoridades de Washington informaron sobre una concesión petrolera por un lapso de 100 años, la reforma a la Ley Orgánica de Hidrocarburos aprobada en enero de 2026 fija de manera perentoria un plazo máximo de 25 años para la explotación de yacimientos, extensible únicamente por una prórroga no mayor a 15 años adicionales.
Esta discrepancia provocó contradicciones en el discurso público de las propias autoridades venezolanas, al punto que la encagada de la administración de Venezuela, Delcy Rodríguez, tuvo que declarar públicamente que el convenio se mantendrá por el lapso de 25 años establecido en la ley. Sobre este punto, el informe de Oikos Research señala que aunque el artículo 113 de la Constitución autoriza el otorgamiento de concesiones “por tiempo determinado", extender un contrato por todo un siglo sobrepasa el ordenamiento legal ordinario.
En este sentido, el informe cita las advertencias del economista e investigador del Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales de la Universidad Católica Andrés Bello (IIES-UCAB), Luis Zambrano, quien sostuvo que el esquema acordado “podría estar contraviniendo el ordenamiento jurídico" y subrayó que un eventual retorno al modelo tradicional de concesiones requeriría necesariamente de una reforma constitucional previa.
Opacidad institucional y falta de contraloría
El tercer cuestionamiento levantado por Oikos Research apunta a la falta de transparencia con la que se ha gestionado la negociación entre ambas partes. Apoyándose en las verificaciones realizadas por la organización Transparencia Venezuela, el informe documenta que hasta la fecha no se ha divulgado el texto íntegro del contrato firmado, la identidad de los beneficiarios finales de Nabep, el régimen fiscal al que estará sujeta la operación ni los mecanismos estipulados para la resolución de controversias internacionales.
Al respecto, el investigador Luis Zambrano volvió a alertar en el informe que “la ausencia de licitaciones abiertas, contraloría independiente y supervisión legislativa propicia irregularidades" dentro del manejo del patrimonio energético nacional. Para la consultora, la negativa de someter este acuerdo al escrutinio del Poder Legislativo y de los órganos de control público agrava el riesgo de que los actos administrativos sean anulados en el futuro.
La figura de Betancourt
Alejandro Betancourt, presidente de Nabep, emergió en el panorama económico venezolano como directivo de la firma Derwick Associates durante la crisis de emergencia eléctrica decretada por el gobierno de Hugo Chávez, al acumular contratos millonarios adjudicados sin licitación previa para la compra e instalación de turbinas. Posteriormente, su nombre quedó salpicado en causas judiciales internacionales sobre tramas de corrupción, con investigaciones por lavado de dinero en España y Suiza, vinculadas al caso Atlantic por 4.850 millones de dólares.
Por otra parte, ha sido cuestionada la asignación directa y discrecional de campos y bloques de producción a empresas constituidas en jurisdicciones offshore o a firmas sin experiencia previa en el negocio de los hidrocarburos, como el caso de Nabep. Estas adjudicaciones, realizadas al margen de los procedimientos de licitación pública contemplados en la legislación y sin la debida rendición de cuentas ante la Asamblea Nacional, han sido señaladas por analistas y organizaciones civiles como una entrega irregular de los recursos naturales del país bajo acuerdos de confidencialidad que imposibilitan la contraloría social.
Rechazo en el Senado de EE. UU.
El informe de Oikos Research resalta además el cuestionamiento político que el perfil de Alejandro Betancourt ha generado en los círculos de poder en Washington. Los senadores estadounidenses Jeanne Shaheen, Jack Reed, Elizabeth Warren y Martin Heinrich describieron a Betancourt como “un oligarca venezolano que se enriqueció durante los regímenes de Chávez y Maduro", por lo que exigió a la administración de Trump los fundamentos jurídicos de la transacción.
Ante este cuadro de vulnerabilidades, Oikos Research proyecta dos escenarios: una vía política, de alta probabilidad, en el que el Congreso estadounidense mantiene bajo la lupa la legalidad del convenio. Si el Partido Demócrata recupera la mayoría en la Cámara de Representantes en las elecciones de noviembre de 2026, se activará la facultad de emitir citaciones obligatorias e abrir investigaciones formales: y una vía judicial, de probabilidad moderada a baja, en la que, según expertos citados en el informe, indican que si bien la Casa Blanca apuesta a que ninguna entidad tenga legitimidad para demandar, existe una ventana para que competidores petroleros privados como Chevron puedan accionar judicialmente alegando violaciones al principio de «competencia plena y abierta».
Oikos Research advierte a los inversionistas con exposición al sector energético sobre el elevado riesgo de reversibilidad del pacto ante eventuales cambios políticos o revisiones judiciales tanto en Washington como en Caracas.



