Un total de 219 personas fueron procesadas por maltrato animal en Venezuela durante el primer semestre del 2023 y 146 resultaron detenidas. La mayoría fue castigada con penas de una semana a 45 días de cárcel, informó Tarek William Saab, fiscal general del país, el pasado 22 de julio.
«Quien maltrata y mata a un animal lo puede hacer mañana con un anciano, una mujer o un niño», dijo Saab en entrevista en Televen. Agregó que es necesario desarrollar y promover una nueva ley que proteja a los animales, debido a que la legislación del país solo permite condenas máximas de 45 días por delitos contra ellos.
Desde agosto de 2017 y hasta la fecha han sido arrestadas 551 personas por maltratar animales en el territorio nacional, afirmó el fiscal. Señaló que los cuerpos de seguridad venezolano han desmantelado bandas que se dedicaban a grabar acciones violentas contra los animales para vender los vídeos en Internet.
Indicó también que algunos criminales usan niños para llevar a cabo esas actividades ilícitas, lo que supone penas mayores por la comisión de varios delitos que atentan contra la infancia.
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El maltrato animal está contemplado en el Código Penal de Venezuela, en sus artículos 478 y 537. El primero establece: «El que sin necesidad haya matado un animal ajeno o le haya causado algún mal que lo inutilice, será penado, por acusación de la parte agraviada, con arresto de ocho a cuarenta y cinco días».
No obstante, aclara: «No se impondrá ninguna pena al que haya cometido el hecho contra animales volátiles hallados dentro de su propio fundo, en el momento de causar algún estrago o perjuicio».
El 537 alude a la crueldad fuera de los lugares destinados al estudio o enseñanza, como pruebas, experimentos o trabajos excesivos. En estos casos los culpables pueden recibir multas de hasta 100 unidades tributarias.
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La ONG AnimaNaturalis recordó que el artículo 25 de la Ley para la Protección para la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio establece como instancias competentes a los Consejos Comunales, la autoridad parroquial o los jueces de paz en primera instancia y las oficinas o Unidades de Gestión Municipales destinadas a la protección animal. El maltrato puede denunciarse también en el Ministerio Público.
«En los demás casos, la primera instancia para acudir es la Policía Municipal. Pero desgraciadamente, la mayoría de los agentes desconocen su injerencia en el caso y en una salida del asunto dirán que se dirijan a otro lado», apuntó la organización.
Con información de EFE
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Un total de 219 personas fueron procesadas por maltrato animal en Venezuela durante el primer semestre del 2023 y 146 resultaron detenidas. La mayoría fue castigada con penas de una semana a 45 días de cárcel, informó Tarek William Saab, fiscal general del país, el pasado 22 de julio.
«Quien maltrata y mata a un animal lo puede hacer mañana con un anciano, una mujer o un niño», dijo Saab en entrevista en Televen. Agregó que es necesario desarrollar y promover una nueva ley que proteja a los animales, debido a que la legislación del país solo permite condenas máximas de 45 días por delitos contra ellos.
Desde agosto de 2017 y hasta la fecha han sido arrestadas 551 personas por maltratar animales en el territorio nacional, afirmó el fiscal. Señaló que los cuerpos de seguridad venezolano han desmantelado bandas que se dedicaban a grabar acciones violentas contra los animales para vender los vídeos en Internet.
Indicó también que algunos criminales usan niños para llevar a cabo esas actividades ilícitas, lo que supone penas mayores por la comisión de varios delitos que atentan contra la infancia.
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El maltrato animal está contemplado en el Código Penal de Venezuela, en sus artículos 478 y 537. El primero establece: «El que sin necesidad haya matado un animal ajeno o le haya causado algún mal que lo inutilice, será penado, por acusación de la parte agraviada, con arresto de ocho a cuarenta y cinco días».
No obstante, aclara: «No se impondrá ninguna pena al que haya cometido el hecho contra animales volátiles hallados dentro de su propio fundo, en el momento de causar algún estrago o perjuicio».
El 537 alude a la crueldad fuera de los lugares destinados al estudio o enseñanza, como pruebas, experimentos o trabajos excesivos. En estos casos los culpables pueden recibir multas de hasta 100 unidades tributarias.
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La ONG AnimaNaturalis recordó que el artículo 25 de la Ley para la Protección para la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio establece como instancias competentes a los Consejos Comunales, la autoridad parroquial o los jueces de paz en primera instancia y las oficinas o Unidades de Gestión Municipales destinadas a la protección animal. El maltrato puede denunciarse también en el Ministerio Público.
«En los demás casos, la primera instancia para acudir es la Policía Municipal. Pero desgraciadamente, la mayoría de los agentes desconocen su injerencia en el caso y en una salida del asunto dirán que se dirijan a otro lado», apuntó la organización.
Con información de EFE